Como normativa municipal estaría la Ordenanza Municipal de Circulaci?n y Transporte, concretando en su artículo 86.2
«Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por la calzada,
salvo que se trate de zonas, v?as o partes de las mismas que les están especialmente
destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles
residenciales debidamente señalizadas con la señal a que se refiere el Reglamento General
de Circulaci?n, sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos.
Art. 121.4 RGC»
Sanciones al respecto:
Circular por la acera sobre un monopatín, patín o aparato similar a velocidad
superior al paso de una persona.- (Deber? indicarse el aparato utilizado).
90,15€
Circular por calle residencial sobre monopatín, patín o aparato similar a velocidad
superior al paso de las personas.- (Deber? indicarse el aparato utilizado).
90,15€
Circular sobre un monopatín, patín o aparato similar siendo arrastrado por otro
veh?culo.- (Deber? indicarse el aparato utilizado). 90,15€
Yo aprecio que al menos en una zona tan transitada como el paseo del muro la policía es muy permisiva, pero cada cual tendrá su experiencia.